NUEVO CANAL DE DENUNCIAS ADAPTADO A LA LEY 2/2023, DE 20 DE FEBRERO, REGULADORA DE LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE INFORMEN SOBRE INFRACCIONES NORMATIVAS Y DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN:

Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, se emplea el término «denunciantes», y en esta ley se ha optado por la denominación «informante»

Ambas normas tienen como prioridad la protección de los informantes y el establecimiento de unas normas mínimas en los canales de información, que se incorporan en el contenido de dicha norma, publicada en el BOE de 21 de febrero de 2023.

Fruto del compromiso con la transparencia, la privacidad y el buen gobierno, el Consejo de Administración de MERCAMURCIA, en su sesión de 17 de abril de 2023, adoptó el acuerdo de adaptar su canal de denuncias interno y el plan de prevención de delitos a lo dispuesto en la referida norma y, consecuentemente, en el presente formulario, de forma anonimizada, o bien, en el correo electrónico denuncias@mercamurcia.es cualquier persona podrá poner en conocimiento del comité de denuncias de forma anónima cualquier conducta o hecho de carácter potencialmente delictivo o que pudiera constituir una infracción grave o muy grave de carácter administrativo a fin de que se realicen las oportunas gestiones y averiguaciones internas o externas, según los casos, con total protección de la identidad de quien transmita esta información.

IDENTIFICACIÓN DEL DENUNCIANTE
Descripción de los hechos o las conductas de las que se quiere informar
Enlace para la subida de documentos adjuntos
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